APROVIS: comunicado a los productores ganaderos.
Aprovis comunica a los productores ganaderos que a partir de los cambios realizados este año en cuanto a las campañas de vacunación de aftosa es necesario revisar en cada uno de los establecimientos algunas cuestiones sanitarias que luego podrían impedir, por un lado movimientos de hacienda por bloqueos, pero principalmente vacunaciones que pueden realizarse solamente en determinado momento de la vida del animal.

Si bien hasta el momento se realizó una primera vacunación total de aftosa y una campaña estratégica a los animales menores, terneros y terneras, la misma se ubicó en el margen de edad correspondiente a las terneras nacidas en primavera, ya que en fecha de la segunda vacunación estratégica muchos establecimientos que tienen pariciones de otoño, es decir servicio de vaquillonas o servicios de vacas de otoño esas terneras no pudieron ser vacunadas contra brucelosis porque la fecha de inoculación es únicamente mientras el animal posee entre tres y ocho meses de edad.
Esto quiere decir que para la próxima campaña aftosa, marzo 2027, dichas terneras no podrán recibir la vacunación de brucelosis debido a que una vez superados los ocho meses de edad dicha ternera será positiva de por vida a los sangrados para libres o para ventas a China, interfiriendo los anticuerpos vacunales con el análisis en cuestión. Por esto es necesario que dichas terneras se vacunen dentro de ese rango y si en su establecimiento hubo partos de otoño o invierno temprano deben comunicarse con el vacunador o el ente en cuestión.
La segunda tarea de importancia que se realiza o se la realizaba en gran parte de los establecimientos sobre la tradicional campaña aftosa de octubre noviembre, que ya no se realiza, es la vacunación de los animales contra carbunclo a realizarse justamente a partir de los ocho meses de edad, vacunación que debe hacerse para inscribirse antes del treinta de diciembre de cada año.
Si bien la fecha de vacunación ideal es durante la primavera, la vacuna es efectiva y las fechas pueden modificarse, aunque es importante hacerlo más aún con pronósticos de año húmedo situación que acrecienta la aparición de casos en campos problemáticos.
Por último respecto a las enfermedades de transmisión sexual, también conocidas como ETS, deben inscribirse antes del treinta de septiembre de cada año. También es necesario realizar los raspajes en los toros antes de esa fecha situación que también debe ser escrita por un veterinario en el ministerio, caso contrario se bloquearán los movimientos de hacienda, si aún no se realizó la revisión de sus toros comunicarse con su veterinario para evitar algún bloqueo posteriores.
Para más información o consultas y turnos para la vacunación de dichas enfermedades comunicarse APROVIS y será asesorado al respecto.

FUENTE: PRENSA APROVIS










