Actualización del sistema de acreditaciones en sanidad animal para veterinarios, técnicos y privados

La Resolución 43/2026 del SENASA mejora la gestión y el registro de los actores externos que desempeñan tareas sanitarias bajo programa oficial.

Con el objetivo de fortalecer las tareas sanitarias y de vigilancia epidemiológica en todo el país, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) actualizó el sistema de acreditaciones para veterinarios, técnicos, inspectores sanitarios, vacunadores y otros operadores del ámbito privado que realizan tareas inherentes a la sanidad y el bienestar animal.

La medida, oficializada a través de la Resolución SENASA 43/2026 publicada hoy en el Boletín Oficial, sustituye los trámites de acreditación vigentes que el organismo nacional implementaba hasta la fecha, optimizando el uso de herramientas informáticas para la inscripción de profesionales y técnicos de la actividad privada en los diferentes programas oficiales del organismo.

La normativa especifica cuáles son las funciones, obligaciones, roles, requisitos de inscripción, capacitación y re-acreditación que deberán cumplir ante el SENASA, en pos de reforzar la responsabilidad de los actores privados y consolidar un sistema sanitario más eficiente.

Asimismo, para transparentar y adecuar los procesos técnico-administrativos, se reglamentó el uso obligatorio de las herramientas informáticas correspondientes a los Sistemas Integrados de Gestión (SIG) del organismo para todas las actividades que deberán implementar quienes cuenten con el rol de acreditado.

La inscripción en los cursos se gestionará en el sitio web oficial de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y los cursos se realizarán por modalidad virtual a distancia a través del Aula Virtual del SENASA, o mixta, con actividad presencial en algunos casos.

Una vez cursadas y aprobadas, las acreditaciones se tramitarán de forma automática en el Sistema Único de Registros (SUR) del organismo sanitario y tendrán una validez de 4 años. Cuando se aproxime su vencimiento, las mismas deberán ser ratificadas bajo la modalidad de re-acreditación establecida para tal fin. Vencido este plazo y sin haberse tramitado la reválida, la acreditación se dará de baja de manera automática.

Con esta medida, el SENASA promueve el uso de herramientas informáticas de autogestión por parte de los privados, asegura estándares técnicos homogéneos, refuerza la responsabilidad de los acreditados y consolida un sistema sanitario más eficiente, actualizado y alineado con los requerimientos nacionales e internacionales en materia de sanidad animal y comercio.

FUENTE: SENASA