Control en fronteras: Requisitos para ingresar al país con jamón español o lácteos
Senasa recomienda a los pasajeros informarse al regresar o ingresar al país para evitar demoras e inconvenientes en frontera.
Las consultas sobre los requisitos de ingreso al país del jamón español o ibérico y de lácteos, como el queso pecorino o parmigiano, encabezan el ranking de preguntas que recibe el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) por parte de ciudadanos argentinos que regresan al país o de extranjeros.
Ante ello, el organismo nacional recuerda que hay determinados productos de origen animal y vegetal que no están permitidos ingresar sin la correspondiente autorización, con el fin de proteger los estatus zoofitosanitarios de la producción agropecuaria nacional y la salud pública.
Sin embargo y de acuerdo a lo establecido en la Resolución 655/17, los únicos productos de origen porcino que pueden ser ingresados a la Argentina son el “jamón serrano e ibérico, lomo ibérico, trozado o laminado, sin hueso, procedente del Reino de España, en envase al vacío o atmósfera controlada original de fábrica, debidamente rotulado e identificado y de libre comercialización en dicho país”.
Dado que la Constitución española no hace referencia explícita a la oficialidad de nombre alguno, los productos procedentes de este país europeo pueden tener en el rótulo el término “España” o “Reino de España” siempre que pueda verificarse que han sido elaborados en establecimientos oficiales españoles y no se permitirá el ingreso de productos españoles que hayan sido elaborados en otros países europeos, ni los que cuenten con un etiquetado de un establecimiento fraccionador, por ejemplo un supermercado, independientemente de los datos que contenga.
Lácteos
En lo referido a productos lácteos, se permite el ingreso de quesos elaborados a base de leches pasteurizadas y que se encuentren debidamente rotulados y envasados de fábrica.
Las consultas más frecuentes se refieren al queso (en todas sus variedades), yogurth o las leches infantiles en polvo o fluidas, que están permitidas siempre que cumplan con las condiciones expresadas (rótulo y envasado de fábrica).
Rótulos
Dado que no existe un modelo único de rótulo y que va a depender de la legislación vigente en el país de origen, se debe garantizar que los agentes del Senasa puedan identificar correctamente el producto y que inequívocamente cumpla con los requisitos antes mencionados. Tanto para el jamón como para los lácteos, el rótulo debe contar mínimamente con la siguiente información:
Denominación de venta del alimento.
Razón social y dirección del establecimiento elaborador.
Identificación del país de origen.
Número oficial del establecimiento elaborador.
Identificación del país de origen.
Identificación del lote.
Fecha de duración mínima.
Lista de ingredientes.
Contenido neto.
Sólo en el caso de los lácteos, debe figurar la elaboración con leche pasteurizada.
Controles
En los pasos de fronteras, el Senasa verifica los equipajes con el fin de evitar el transporte de productos de riesgo sanitario para la producción agropecuaria nacional y la salud del consumidor. En el caso que el personal del organismo detecte un producto de ingreso restringido, lo debe decomisar, labrar un acta y destruirlo en presencia del usuario.
El Senasa recomienda informarse acerca de los productos de origen animal y vegetal que pueden ingresar a la Argentina (Resolución 295/1999) consultando en la página web del Organismo, dado que se abarca una serie de productos más allá de los mencionados lácteos y jamón ibérico.
Quienes deseen conocer más información, pueden consultar el apartado información al viajero en la página web del Senasa, comunicarse al correo electrónico responde@senasa.gob.ar o enviar un mensaje al Whatsapp oficial del Senasa, al 541135859810.