El Gobierno modifica la Ley de biocombustibles

El secretario de Energía, Eduardo Rodríguez Chirillo, presentó una contraoferta; se abrió un momento de análisis, pero hay sectores que ya abren el paraguas

El secretario de Energía, Eduardo Rodríguez Chirillo, y el presidente Javier Milei.

Santa Fe, Córdoba, Tucumán, Entre Ríos, Salta y Jujuy presentaron al Gobierno reparos sobre las modificaciones que introduce la ley ómnibus en el mercado. El Ejecutivo tomó nota y este martes les presentó una contrapropuesta. La misma introduce cambios en los cortes, establece un cronograma de aumentos, pero también establece nuevas normas de mercado.

Qué quiere hacer el gobierno nacional con los biocombustibles

El documento que presentó el secretario de Energía, Eduardo Rodríguez Chirillo, a las seis provincias productoras de biocombustibles, tiene reformas, en parte, de lo que se reclamó. Las modificaciones llegaron esta tarde. “Estamos analizando las modificaciones, pero sigue sin convencer”, aclaró a Agrofy News un representante provincial que participó del encuentro del lunes.

Las primeras impresiones son, del lado positivo, que se revisó lo enviado, pero hay cuestiones claves que impactan en el mercado que no se tocaron. Las provincias pidieron que se respete el corte mínimo, la prohibición de importaciones y un mercado para las pymes, entre otros temas.

Hubo aportes que fueron escuchados, pero todavía están leyendo al detalle el documento al que tuvo acceso Agrofy News. “Se siguen dejando muchos aspectos claves del mercado a criterio de la autoridad de aplicación”, planteó una de las personas que se sentó con el secretario en la reunión del lunes.

El cambio más llamativo tiene que ver con los cortes para los combustibles. El documento propone, en el biodiésel, pasar del 7,5 % al 10 %. En tanto, para 2026, fija un corte del 15 %. 

En el caso del bioetanol señala el 12 % para luego de tres años rever nuevamente el porcentaje. “A partir del tercer año de la entrada en vigor de la presente ley, la autoridad de aplicación dispondrá un rango de mezclas obligatorias de bioetanol con naftas del 18% (E18) al 27 % (E27), fijando el nivel de mezcla obligatoria en forma periódica en función de la oferta disponible, conforme se establece en la presente ley”, señala la contrapropuesta que recibieron las provincias.

Ven positivo este aspecto, pero aclaran que no termina de convencer del todo. Otro punto que se subsanó es el tiempo de vigencia. La ley actual establece hasta 2030 años y se quitaba ese periodo. Ahora, se fija que la ley tendrá una vigencia de 18 años.

En cuanto a importación, la contrapuesta señala: “Durante los primeros 18 años tras la entrada en vigor de esta ley, los biocombustibles que se mezclen obligatoriamente con combustibles fósiles deberán ser producidos en instalaciones situadas en la República Argentina, utilizando materias primas nacionales.”

En cuanto a los reclamos de las pymes productoras de biodiésel sobre la participación de las exportadoras y las petroleras, la contrapropuesta quita del juego a las petroleras. Sin embargo, pone dos cláusulas: “Cuando la mezcla obligatoria de biocombustible supere 18 %, las empresas que produzcan o destilen hidrocarburos estarán autorizadas a participar en el abastecimiento del volumen excedente, conforme a lo establecido por la presente ley. Para el caso del bioetanol, la participación en el mercado de abastecimiento de la mezcla obligatoria no podrá ser superior al 15%”.

Con respecto a la participación de las empresas integradas (exportadoras), no las excluye, pero limita la participación a un máximo del 14 % del mercado. Este punto no convence a las provincias ni a las pymes. “Hay seis exportadoras. Si cada una se queda con el 14%, se quedan con el 84% del mercado. Dejamos de existir”, planteó un productor pyme de Santa Fe.

La contrapropuesta de Energía contempla también, en caso de escasez general de materia prima, una exención de obligatoriedad de abastecimiento y mezcla. “No podrá extenderse por más de 45 días cada año calendario”, señala el documento.

Al mismo tiempo, la modificación establece: “La autoridad de aplicación deberá dictar la normativa que reglamente el sistema único de licitaciones conforme lo determinado en el Artículo 13. Determinación de volúmenes y precio, y dar inicio a las licitaciones en un plazo máximo de 90 días corridos a partir de la publicación de la presente ley en el Boletín Oficial. Hasta tanto, la determinación de volúmenes y precio se realizará conforme la normativa que se encuentre vigente”.

Las provincias rescatan que se revisó el proyecto y se tomó nota. Sin embargo, entienden que la letra de la contrapropuesta no representa el pedido que se realizó el lunes. Los funcionarios de las seis provincias esperan terminar de analizar el documento para luego fijar posición. Mientras tanto, las preocupaciones siguen.

Fuente: Agrofynews