SIGTRAZAVET: Nuevo sistema para fortalecer la trazabilidad de los productos veterinarios

La Resolución 654/2026 del SENASA refuerza el seguimiento de los medicamentos de uso animal en toda la cadena productiva y establece la obligatoriedad de la receta veterinaria electrónica.

Con el objetivo de fortalecer el control de los productos veterinarios y sus principios activos, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) creó el Sistema de Trazabilidad de Productos Veterinarios (SIGTRAZAVET), una plataforma informática destinada al registro, seguimiento y control de estos productos a lo largo de toda la cadena de producción, distribución y comercialización.

La medida, oficializada mediante la Resolución SENASA N.° 654/2026, publicada en el boletín oficial permitirá contar con información precisa, permanente y en tiempo real de la importación, elaboración y comercialización de aquellos medicamentos veterinarios que la Dirección Nacional de Sanidad Animal establezca.

De esta manera, contribuirá a fortalecer las acciones de vigilancia sanitaria, el monitoreo de la resistencia a los antimicrobianos y la prevención de residuos de medicamentos en alimentos de origen animal, en resguardo de la salud pública.

El uso del SIGTRAZAVET será obligatorio para todas las personas humanas y jurídicas que intervengan en la cadena de productos veterinarios inscriptos en el Registro Nacional de la Dirección de Productos Veterinarios del SENASA.

Esto contempla las actividades de importación, exportación, elaboración, fraccionamiento, acondicionamiento, distribución, comercialización, almacenamiento, prescripción o posesión de dichos productos, así como el manejo de principios activos destinados a su elaboración.

Para operar el sistema, las personas deberán acceder con CUIT/CUIL y clave fiscal al sitio web oficial de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), adherir el servicio y gestionar su alta como usuario. Una vez completado el registro, deberán declarar y mantener actualizada la información de los depósitos, establecimientos o demás lugares físicos donde almacenen principios activos y/o productos veterinarios.

La normativa establece la obligatoriedad de registrar en la plataforma todas las operaciones comerciales y logísticas que se realicen, incluyendo el suministro a profesionales veterinarios y demás movimientos de productos veterinarios, conforme a las modalidades previstas en la resolución.

Además, que todos los movimientos entre depósitos, establecimientos o lugares físicos deberán ser informados por quien los origine y confirmados por el receptor, permitiendo mantener la trazabilidad completa de cada producto.

Receta veterinaria electrónica

La resolución también incorpora la receta veterinaria electrónica (RVE) como herramienta obligatoria para la prescripción, adquisición y administración de productos veterinarios en animales productores de alimentos, équidos y animales de compañía (perros y gatos).

La receta deberá ser emitida por un veterinario a través del SIGTRAZAVET y reemplazará progresivamente al recetario en formato papel previsto en la Resolución SENASA N.° 11/2025, conforme al cronograma de implementación que establezca el organismo.

De acuerdo a su finalidad, la RVE tendrá requisitos específicos de emisión. Todas contarán con un Código Único de Verificación Electrónica (CUVE), asignado automáticamente por el sistema, que permitirá verificar su autenticidad y validez.

Para facilitar la operatividad de esta nueva herramienta, el SENASA desarrollará instancias de capacitación externa mediante webinars técnicos, en colaboración con los Colegios Veterinarios de cada jurisdicción, para asegurar que los profesionales se familiaricen con la interfaz y sus funciones durante su implementación.

El SIGTRAZAVET representa un avance sustancial hacia una gestión más transparente y eficiente de la trazabilidad de los productos veterinarios. Al centralizar la información, el sistema fortalecerá los controles sanitarios, facilitará las tareas de fiscalización y brindará herramientas para una mejor toma de decisiones en materia de sanidad animal y salud pública.

FUENTE: SENASA